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Cómo tratar con propietarios y bienes de alquiler en una sucesión testamentaria en Florida

14 de diciembre de 2016

40521412 - contrato de arrendamiento con pluma documento es maquetaEn Florida, si un ser querido ha fallecido mientras residía en una propiedad alquilada, los herederos de la herencia y los familiares supervivientes pueden sentirse frustrados al saber que la Ley de Florida no proporciona un mecanismo de fácil acceso a la unidad de alquiler para recuperar las pertenencias personales del fallecido. A menos que la persona que intente acceder a la propiedad figure en el contrato de alquiler, la ley de Florida prohíbe al propietario facilitar el acceso.

La Ley de Arrendadores e Inquilinos de Florida establece la relación o los derechos entre un arrendador y un inquilino, y contiene una disposición especialmente importante para este supuesto. La Ley 83.59 de Florida establece:

83,59Derecho de acción posesoria.

(1) Si se rescinde el contrato de alquiler y el inquilino no desaloja las instalaciones, el propietario puede recuperar la posesión de la unidad de vivienda según lo dispuesto en esta sección.

.........

 (d) Cuando el último inquilino restante de una unidad de vivienda haya fallecido, los bienes personales permanezcan en las instalaciones, el alquiler esté impago, hayan transcurrido al menos 60 días tras la fecha del fallecimiento y el propietario no haya sido notificado por escrito de la existencia de una sucesión testamentaria o del nombre y la dirección de un representante personal. Este párrafo no se aplica a una unidad de vivienda utilizada en relación con un programa de vivienda administrado o regulado por el gobierno federal, incluidos los programas en virtud de los artículos 202, 221(d)(3) y (4), 236 u 8 de la Ley Nacional de Vivienda, en su versión modificada.

Esto significa que un arrendador no puede tomar posesión de los bienes personales propiedad del arrendatario después de haber sido notificado por escrito de la existencia de una sucesión testamentaria o del nombre y dirección de un representante personal. Por lo tanto, si se enfrenta a este problema, es importante que notifique al arrendador los procedimientos sucesorios lo antes posible. De este modo, se reduce el plazo de 60 días de que dispone el propietario para tomar posesión del contenido de la vivienda. Una vez que se hayan emitido las cartas de administración y se haya designado un representante personal, se pueden tomar medidas para obtener los objetos personales, devolver la unidad a su estado anterior al alquiler y efectuar el pago de los alquileres anteriores. Es importante señalar que el contrato de arrendamiento puede contener disposiciones relativas a la rescisión del contrato aplicables en caso de fallecimiento del inquilino. Por lo demás, es una buena práctica iniciar este proceso lo antes posible para evitar el despilfarro de bienes patrimoniales.

Si por cualquier motivo el arrendador obtiene acceso a la vivienda a pesar de haberle notificado el procedimiento sucesorio pendiente, usted tiene una causa de acción bajo la ley de Florida por violación de las prácticas prohibidas identificadas de nuevo por la Ley de Arrendadores e Inquilinos de Florida (Florida Landlord Tenant Act). Fla. Stat. 83.67 establece las prácticas prohibidas en la Ley. Un litigante con éxito en virtud de la ley tiene derecho a daños y perjuicios de la mayor de las indemnizaciones compensatorias o tres meses de alquiler, junto con los honorarios de abogados recuperables y los costos. Si usted se encuentra lidiando con una sucesión en Florida que involucra a un propietario y una propiedad de alquiler, llámenos para saber cómo podemos ayudarle.

Descargo de responsabilidad: La información contenida en este blog/sitio web tiene únicamente fines informativos y proporciona información general sobre la ley, pero no asesoramiento específico. Esta información no debe utilizarse como sustituto del asesoramiento de un abogado competente, ya que las leyes cambian y es necesario analizar los hechos de su caso concreto.