Líneas disponibles 24 horas al día, 7 días a la semana

Se Habla Español

Líneas disponibles 24/7
Se Habla Español

Construcción básica del testamento en Florida

20 de enero de 2017

Obviamente, las palabras contenidas en un testamento tienen un impacto significativo. Innumerables libros en las bibliotecas jurídicas están llenos de casos centrados en determinar la intención del difunto o mediante la aplicación de un lenguaje específico en un testamento. En Florida, generalmente reconocemos varias categorías diferentes de donaciones testamentarias: (1) pecuniarias (2) específicas (3) demostrativas (4) generales o (5) residuales. 

Donación pecuniaria: Se trata de una donación de una cantidad específica en dólares que puede pagarse con cualquier activo general que exista en el patrimonio.

Ejemplo: A mi hija Angelina, le doy la suma de ($100,000.00) si me sobrevive.

Donación específica: Como su nombre indica, se trata de un bien específico del difunto legado a un beneficiario. Estas donaciones sólo pueden satisfacerse entregando a la persona el bien específico. Si el bien no existe en el momento del fallecimiento del difunto, la donación o legado no se cumple, lo que significa que la disposición no es ejecutable y el beneficiario no tiene derecho a un bien de valor equivalente.

Ejemplo: A mi hija Angelina, le regalo mi rifle de caza grabado.

Donación demostrativa: Un poco híbrido de los dos anteriores, un regalo demostrativo es un regalo pagadero de una fuente particular, pero si no está disponible entonces de los activos generales de la herencia.

Ejemplo: Doy 200 acciones de Z Corp a mi hija Angelina si me sobrevive. Esto se pagará de mis acciones de Z Corp que tengo a mi muerte si existe, de lo contrario mi Representante Personal hará provisión para el pago del valor equivalente de 200 acciones de Z Corp de otros activos en mi patrimonio entonces existentes a mi muerte.

Donación general: Las donaciones generales son pagaderas con los activos generales de la propiedad y pueden satisfacerse con una serie de activos de la herencia. Es importante destacar que, a diferencia de una donación específica, esta partida no se extingue si no existe en el momento del fallecimiento.

Ejemplo: A mi hija Angelina, le regalo un Nissan Rogue 2016, si no poseo dicho vehículo a mi fallecimiento ordeno a mi Representante Personal que compre uno y se lo entregue.

Donaciones residuales: El término residuo, o "resto, residuo y remanente" de una herencia es el término genérico para referirse a los bienes restantes una vez que se han distribuido todos los bienes específicos.

Ejemplo: "Doy el resto, residuo y remanente de mi patrimonio dondequiera que esté situado ya sea propiedad personal o real a mi esposa".

El código testamentario de Florida también contiene una disposición para evitar la pérdida de ciertas donaciones, llamada "Ademption". Estas disposiciones están contenidas en los estatutos contra la caducidad de la siguiente manera:

Fla. Stat. 732.604:

732.604. Incumplimiento de disposición testamentaria

(1) Salvo lo dispuesto en s. 732.603, si un legado que no sea un legado residual falla por cualquier razón, se convierte en una parte del residuo.

(2) Salvo lo dispuesto en s. 732.603, si el residuo es legado a dos o más personas, la parte de un legatario residual que falla por cualquier razón pasa al otro legatario residual, o a los otros legatarios residuales en proporción a los intereses de cada uno en la parte restante del residuo.

Fla. Stat. 732.603 establece:

732.603. Antilapso; legatario fallecido; donaciones de clase.

(1) Salvo que en el testamento conste una voluntad contraria, si un legatario que es abuelo, o descendiente de un abuelo, del testador:

(a) Ha fallecido en el momento de otorgarse el testamento;

(b) No sobrevive al testador; o

(c) Si, en virtud del testamento o por imperativo legal, se considera que ha fallecido antes que el testador,

se crea una donación sustitutiva en los descendientes supérstites del legatario que toman per stirpes los bienes a los que habría tenido derecho el legatario si éste hubiera sobrevivido al testador.

(2) Cuando un poder de nombramiento se ejerce por testamento, a menos que aparezca una intención contraria en el documento por el que se crea el poder de nombramiento o en el testamento del testador, si un designado que es abuelo, o descendiente de un abuelo, del donante del poder:

(a) Ha fallecido en el momento de la ejecución del testamento o de la creación del poder;

(b) No sobrevive al testador; o

(c) Está obligado por el testamento, el documento por el que se crea el poder o por ministerio de la ley a ser tratado como si hubiera fallecido antes que el testador,

se crea una donación sustitutiva en los descendientes supérstites del designado que toman per stirpes los bienes a los que habría tenido derecho el designado si éste hubiera sobrevivido al testador. A menos que el texto por el que se crea un poder de designación excluya expresamente la sustitución del objeto por los descendientes de un objeto de un poder, un descendiente supérstite de un objeto de un poder de designación fallecido puede ser sustituido por el objeto, independientemente de que el descendiente sea o no objeto del poder.

Los estatutos de Florida tratarán de evitar el rescate o el fracaso de un legado específico con el estatuto antilapso contenido en Fla. Stat. 732.603, que permite que un descendiente directo del difunto se haga cargo de la herencia en caso de que el beneficiario hubiera fallecido antes que el difunto. Obviamente la mejor práctica es nombrar específicamente un beneficiario alternativo en sus disposiciones testamentarias. No comprender las implicaciones de la redacción de un testamento o no redactarlo con precisión puede causar problemas y ambigüedad al representante personal de una sucesión. Si se encuentra ante un litigio sucesorio relacionado con la redacción del testamento, es importante que contrate a un abogado experto en litigios sucesorios. Si usted se encuentra lidiando con una disputa de testamento o construcción de testamento en Florida, llámenos para una consulta gratuita, estamos aquí para ayudarle.

Descargo de responsabilidad: La información contenida en este blog/sitio web tiene únicamente fines informativos y proporciona información general sobre la ley, pero no asesoramiento específico. Esta información no debe utilizarse como sustituto del asesoramiento de un abogado competente, ya que las leyes cambian y es necesario analizar los hechos de su caso concreto.