De conformidad con las Reglas de Procedimiento Sucesorio de Florida, una persona interesada tiene 30 días para objetar una Contabilidad Final y una Petición de Liquidación dentro de los treinta (30) días posteriores a la notificación de los documentos. Es importante destacar que las objeciones por escrito deben indicar con particularidad los puntos a los que se dirigen las objeciones y deben indicar los motivos específicos en los que se basan las objeciones. Por último, desde el punto de vista del procedimiento, todas las objeciones deben notificarse al representante personal y a las personas interesadas en un plazo máximo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la petición de aprobación de la gestión o de liquidación definitiva. Luego, la parte objetante debe fijar una audiencia sobre la objeción y esa Notificación de Audiencia también debe ser escuchada. Si no entrega la Notificación de Audiencia dentro de los 90 días, su objeción se considerará abandonada y el Representante Personal podrá realizar las distribuciones.
De conformidad con Fla. Stat. 733.609, un Representante Personal tiene un deber fiduciario hacia los beneficiarios. Obviamente, cualquier caso de fraude, despilfarro o auto-negociación evidente de la contabilidad final es un incumplimiento de esta obligación fiduciaria. Es importante destacar que el Estatuto de Florida 733.609 también permite a un litigante exitoso recuperar los costos y honorarios de abogados contra el Representante Personal o su parte de los activos del patrimonio.
La Ley de Florida 733.619(4) establece:
(4) Las cuestiones de responsabilidad entre la sucesión y el representante personal a título individual podrán determinarse en un procedimiento de contabilidad, recargo o indemnización, o en otro procedimiento apropiado.
En ocasiones hemos observado que el formato de la Contabilidad Final puede resultar algo confuso. Las determinaciones de los ingresos frente al principal y los diversos cuadros pueden resultar confusos para quienes no están acostumbrados a revisar cuentas. Importantemente, como se menciono anteriormente usted no tiene un periodo largo despues de ser notificado de la Contabilidad Final para investigar y potencialmente objetar. Si usted sospecha que el Representante Personal en su patrimonio ha hecho algo incorrectamente o peor, deshonestamente, llámenos para una consulta sin compromiso y revisión de su caso.
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