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Consideraciones sobre el título para la compra de una casa móvil en Florida

27 de marzo de 2016

La legislación de Florida exige que la transferencia de casas móviles se realice, en la mayoría de los casos, mediante la transferencia de un certificado de titularidad. La ley aplicable en Florida, Fla. Stat. 319.So22(1) establece:

(1) Salvo lo dispuesto en ss. 319.21 y 319.28, una persona que adquiere un vehículo de motor o casa móvil del dueño de eso, si o no el dueño es un concesionario licenciado, no adquirirá el título comerciable al vehículo de motor o casa móvil hasta que él o ella haya tenido emitido a él o ella un certificado de título al vehículo de motor o casa móvil; ni cualquier renuncia o impedimento operará a favor de tal persona contra una persona que tiene la posesión de tal certificado de título o una asignación de tal certificado para tal vehículo de motor o casa móvil para una consideración valiosa. Salvo que se disponga lo contrario en el presente, ningún tribunal reconocerá el derecho, título, reclamo o interés de ninguna persona sobre ningún vehículo automotor o casa móvil vendido, enajenado, hipotecado o gravado, a menos que se demuestre mediante un certificado de título debidamente emitido a esa persona, de conformidad con las disposiciones de este capítulo.

En la mayoría de los casos (a menos que el título sea transferido por un fabricante o por ministerio de la ley), usted querrá ver el certificado de título y obtener una transferencia de dicho certificado para que pueda obtener el título comercial de la casa móvil. El Tribunal Supremo de Florida ha ofrecido una interpretación estricta de la ley mencionada, con la única excepción notable de un supuesto en el que un comprador de buena fe compra de buena fe a un vendedor de casas móviles y toma posesión, pero no puede obtener la transferencia del título real. Para más información, véase In Re Orange Rose LLC 8: 10 -bk-24856-MGW.

Debe haber un único documento de titularidad para cada sección de su casa móvil. Si usted obtiene financiación para la compra de la casa móvil, el acreedor prendario retendrá el título de propiedad hasta que usted pague el gravamen. De lo contrario, si usted paga en efectivo o el precio total de la casa móvil, el título será emitido a usted por la División de Vehículos Motorizados en Tallahassee.

Si también ha comprado o posee la propiedad real sobre la que se asentará su casa móvil, puede "retirar el título" y entregar el título al DMV y en su lugar simplemente pagar los impuestos sobre la propiedad real y hacer que sea gravada por el asesor fiscal del condado como otras casas. Alternativamente, si usted está alquilando la tierra o no está permanentemente unido a la tierra, usted es simplemente responsable de comprar y mostrar una calcomanía para el registro de la casa móvil para cada sección cada año.

Los embargos de casas móviles se rigen en parte por Fla. Stat. 319.27(1) que establece:

(1)Cada gravamen, hipoteca o carga sobre un vehículo motorizado o casa móvil titulada en este estado se anotará en el anverso del certificado de título de Florida o en un duplicado o copia corregida del mismo, según lo establece la ley; sin embargo, esta sección no se aplica a ningún acuerdo de seguridad, contrato de retención de título, factura de venta condicional, hipoteca mobiliaria u otro instrumento similar que cubra cualquier vehículo motorizado o plan de piso de casa móvil de cualquier concesionario con licencia. Excepto para el registro de gravámenes sobre vehículos motorizados o casas móviles para los cuales no se hayan emitido certificados de título de Florida según lo dispuesto en la subsección (3), el departamento no será una oficina de registro de gravámenes sobre vehículos motorizados o casas móviles.

Antes de comprar una casa móvil, asegúrese de que ha examinado el título actual para comprobar si existen embargos que impidan la transferencia y que el vendedor es realmente el titular.

Descargo de responsabilidad: La información contenida en este blog/sitio web tiene únicamente fines informativos y proporciona información general sobre la ley, pero no asesoramiento específico. Esta información no debe utilizarse como sustituto del asesoramiento de un abogado competente, ya que las leyes cambian y es necesario analizar los hechos de su caso concreto.