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Guía paso a paso de los cobros en Florida

15 de marzo de 2015

Este es un escenario común, usted ha peleado la buena batalla, ha pasado por un litigio, ha obtenido una Sentencia de un Juez o Jurado y ¡ha ganado! Enhorabuena. Ahora el demandado debe cortarle un cheque en breve, ¿correcto? Lo más probable es que si está leyendo este artículo se haya dado cuenta de que cobrar una sentencia no es tarea fácil. Por suerte, el Estado de Florida ofrece a los acreedores por sentencia (es decir, a usted) un marco para este proceso. Este artículo pretende ofrecerle una guía paso a paso para el cobro de una sentencia en Florida. Tenga en cuenta que cada caso de cobro es diferente, y que este artículo está destinado a proporcionar una visión general del procedimiento.

Paso 1: Obtenga una copia certificada de su sentencia y regístrela 

Su Sentencia Definitiva debe contener la dirección y el número de la seguridad social de cada persona contra la que se dicta sentencia, junto con la dirección del demandante. También debe indicar el tipo de interés en el momento de la sentencia. Obtenga una copia certificada de la Sentencia de su Secretario Judicial. La copia certificada le permitirá registrarla en los registros oficiales del condado. Este acto de registro es lo que le permite colocar un gravamen sobre cualquier bien inmueble en poder del deudor. Si su sentencia final no contiene la información requerida con respecto a la dirección, etc., Florida le permite presentar una declaración jurada con esa información (asegúrese de que esté firmada y notariada) junto con su copia certificada.

Paso 2: Obtener un Certificado de Embargo por Sentencia en el Departamento de Estado de Florida 

El Certificado de Gravamen por Sentencia puede obtenerse en la página web del Departamento de Estado de Florida, sunbiz.org. Tiene la opción de enviar el certificado por correo o solicitarlo en línea. Además de la solicitud habrá una tasa mínima en función del número de deudores.

Paso 3: Identificar los activos susceptibles de cobro 

Sólo determinados bienes están sujetos a las reclamaciones de los acreedores judiciales. Para obtener una visión general de las categorías generales de bienes exentos que el deudor puede tener que proteger, haga clic aquí. Con el fin de averiguar lo que su deudor tiene que ofrecer para satisfacer su sentencia, el Tribunal original mantendrá la jurisdicción sobre el deudor para ejecutar la sentencia. Tiene varias opciones para obtener la información que necesita sobre el acreedor. Puede citar a la persona para una declaración donde su abogado puede hacerle preguntas destinadas a identificar los activos no exentos. Además, un acreedor de la sentencia en Florida tiene la capacidad de servir de descubrimiento (preguntas por escrito).

Paso 4: Cobro - Mandamiento de ejecución o de embargo 

Una de las formas disponibles para satisfacer su sentencia en Florida es a través de la identificación y tener un oficial de la ley tomar y vender todos los bienes no exentos. Esto comienza con la obtención de una orden de ejecución. Este es un documento que instruye al Sheriff para tomar ciertas propiedades descritas en la orden judicial. Una vez que obtenga una Orden Judicial de Ejecución del Tribunal, deberá entregar el documento en la oficina del Sheriff correspondiente. Una vez entregado, también deberá llenar un formulario de Instrucción del Sheriff que describe los materiales que se tomarán, además habrá una tarifa por los costos del Sheriff en la obtención de los materiales y por la venta de los materiales. En Florida, antes de su venta debe comprobar y asegurarse de que no existen embargos conflictivos. Si existen otros gravámenes, también tienen derecho a ser notificados. También tendrá que firmar una declaración jurada confirmando que efectivamente ha comprobado que no existen otros gravámenes. Una vez que tenga la orden judicial, las instrucciones del sheriff, la declaración jurada y pague los honorarios, el sheriff retirará la propiedad no exenta y usted estará obligado a notificar la venta del sheriff directamente al deudor y a notificar a través del periódico una vez a la semana durante cuatro semanas consecutivas. La ley de Florida establece que en la venta, los artículos embargados serán tomados y vendidos para satisfacer ciertas prioridades de la deuda de la siguiente manera: (1) Costos del Sheriff (para que usted recupere su dinero) (2) $500 de vuelta para sus costos (3) Titular del gravamen de prioridad superior (4) luego el siguiente titular del gravamen... y así sucesivamente.  

Si el deudor no tiene suficientes bienes personales para cubrir su sentencia, en Florida la otra opción es obtener también una orden de embargo . Una orden de embargo es un intento de recuperar su sentencia de los salarios del deudor. Una orden de embargo requiere el pago de una tasa a la Secretaría del Tribunal y debe ser notificada al embargado (el deudor) a través de una Moción para una Orden de Embargo. A continuación, el deudor tiene la oportunidad de responder a la orden y reclamar una excepción. Suponiendo que los activos están disponibles para el embargo, una Orden de Orden de Embargo se puede utilizar para asegurar los fondos de terceros, como las instituciones financieras. 

Tanto si está intentando cobrar una deuda como si está tratando de evitar que se la cobren, el proceso y el procedimiento pueden complicarse rápidamente. Este artículo pretende proporcionar una breve visión general del proceso. Si se encuentra en la necesidad de cobrar o defender una colección, póngase en contacto con un abogado con experiencia para ayudarle.  

Brice Zoecklein, Esq. 813-501-5071

Descargo de responsabilidad: La información contenida en este blog/sitio web tiene únicamente fines informativos y proporciona información general sobre la ley, pero no asesoramiento específico. Esta información no debe utilizarse como sustituto del asesoramiento de un abogado competente, ya que las leyes cambian y es necesario analizar los hechos de su caso concreto.