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Tramitación de siniestros denegados por presunta notificación tardía en Florida

29 de febrero de 2016

Una de las principales justificaciones utilizadas para la denegación general de cobertura para muchas reclamaciones de seguros se deriva de un requisito general de la póliza contenida en la mayoría de las pólizas de seguros de propietarios de Florida que un asegurado debe proporcionar a la compañía con pronta notificación de la pérdida. La "pronta notificación", como probablemente supondrá, es un término indefinido y no está específicamente identificado en su póliza. ¿Dos años? ¿Tres años? ¿Más? La respuesta no está clara, pero en parte depende de los detalles del siniestro y en parte de las pautas generales establecidas por los tribunales de Florida. 

Según la legislación de Florida, la cuestión de si la notificación extemporánea de un siniestro por parte de un asegurado es suficiente para dar lugar a la denegación de la indemnización en virtud de la póliza implica un análisis en dos fases. LoBello v. State Farm Fla. Ins. Co., 152 So.3d 595 (Fla. 2d DCA 2014). El primer paso es determinar si el asegurado proporcionó notificación oportuna. Id. A continuación, si la notificación fue extemporánea, se presume perjuicio para el asegurador, pero esa presunción puede ser refutada. Bankers Ins. Co. v. Macias, 475 So.2d 1216, 1218 (Fla.1985).

¿Fue oportuna la notificación?

Una vez más, Florida no tiene una regla clara con respecto a la notificación oportuna. Si su aviso era razonable o demasiado largo depende de los hechos y circunstancias de su pérdida particular. Kings Bay Condo. Ass'n, Inc. v. Citizens Prop. Ins. Corp., 102 So.3d 732 (Fla. 4th DCA 2012). Por ejemplo, en LoBello, un dueño de casa reportó agrietamiento asociado con una pérdida potencial por hundimiento casi cuatro años después de notar por primera vez daños por agrietamiento en una casa. El Tribunal consideró en esa circunstancia que la determinación de la pronta notificación era una cuestión para el jurado. En cambio, cuando se trata de un acontecimiento concreto, como un huracán, o de un problema evidente, como un siniestro de incendio, es mucho más probable que se considere extemporáneo el retraso en la notificación del siniestro a la compañía aseguradora. Nat'l Trust Ins. Co. contra Graham Bros. Constr. Co., 916 F.Supp.2d 1244 (M.D.Fla.2013) (se determinó extemporáneo un retraso de cuatro años porque el representante del asegurado estaba presente en la obra cuando se descubrieron raíces y arcilla enterradas); Kendall Lakes Towers Condo. Ass'n v. Pac. Ins. Co., No. 10-24310-CIV, 2012 WL 266438 (S.D.Fla. 30 de enero de 2012) (la notificación no fue puntual cuando se informó cuatro años después del huracán Wilma). Así que la conclusión es que los tribunales determinarán como una cuestión de derecho que la notificación no fue rápida basada en los hechos y circunstancias de la pérdida particular, de lo contrario, si era potencialmente un retraso razonable, la determinación dependerá de la persona que determine los hechos.

¿Tenía prejuicios el transportista?

Generalmente, "[s]i el asegurado incumple la disposición de notificación, se presumirá el perjuicio para el asegurador, pero puede ser refutado demostrando que el asegurador no ha sido perjudicado por la falta de notificación". Bankers Ins. Co. v. Macias, 475 So.2d 1216, 1218 (Fla.1985). Vemos esto a menudo en reclamaciones de tejados y siniestros de socavones en Florida. La regla general es que la compañía se presume perjudicada en su investigación, pero la presunción puede ser refutada por una demostración por el asegurado (demandante) que la compañía no fue perjudicada. Si bien esto tiene poco que ver con la determinación real de las reclamaciones realizada por la compañía de seguros, si usted decide iniciar un litigio contra la aseguradora de su vivienda, este concepto adquiere una gran importancia. Debido a que la regla general permite al demandante la oportunidad de establecer o refutar la presunción de que la aseguradora se vio perjudicada, el propietario de Florida tendrá derecho a presentar pruebas de sus expertos sobre si la investigación de la aseguradora se vio perjudicada por la notificación tardía. Como resultado, además de determinar si se produjo un siniestro cubierto, el jurado o el juez (si se trata de un juicio sin jurado) también determinará, basándose en los hechos y las pruebas del caso concreto, si la compañía de seguros se vio perjudicada. Con el fin de superar esta presunción de que la compañía fue perjudicada, es importante que usted y su abogado trabajen con sus expertos en pérdidas de propiedad para obtener declaraciones juradas y opiniones sobre si la evidencia de la pérdida se vio afectada por cualquier retraso en la notificación.

En última instancia, si su compañía ha negado la cobertura en parte sobre la base de la presentación de informes tardíos, en la Florida tiene muchas capas de protección para derrotar a esta defensa común de la compañía de seguros. Hemos visto innumerables reclamaciones denegadas pagadas o esta defensa afirmativa abandonada una vez que nos involucramos. Si su trato con una reclamación de daños a la propiedad negado y le gustaría alguna aclaración o simplemente una revisión de su reclamo, llámenos para una consulta gratuita.

Brice Zoecklein, Esq.

Zoecklein Law, PA

Descargo de responsabilidad: La información contenida en este blog/sitio web tiene únicamente fines informativos y proporciona información general sobre la ley, pero no asesoramiento específico. Esta información no debe utilizarse como sustituto del asesoramiento de un abogado competente, ya que las leyes cambian y es necesario analizar los hechos de su caso concreto.