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¿Qué ocurre cuando el patrimonio no tiene suficientes bienes para pagar todas las partidas de un testamento en una legalización testamentaria en Florida? Reducción

8 de noviembre de 2018

La administración testamentaria de Florida tiene normas legales que rigen lo que debe suceder si simplemente no hay suficientes activos para pagar todas las distribuciones identificadas en una sucesión. Estas normas legales se conocen como las normas de reducción. Estas reglas estatutarias controlarán a menos que la Última Voluntad y Testamento admitido a juicio testamentario en Florida tenga un conjunto específico de reglas para qué bienes deben ser satisfechos o liquidados para pagar un gasto de administración.

PASO 1 - IDENTIFIQUE LA CLASE DE DONACIONES EN SU TESTAMENTO

La legislación de Florida reconoce diferentes categorías de donaciones. Son las siguientes

a) Donación específica: Como su nombre indica, se trata de un bien específico del difunto legado a un beneficiario. Estas donaciones sólo pueden satisfacerse entregando a la persona el bien específico. Si el bien no existe en el momento del fallecimiento del difunto, la donación o legado no se cumple, lo que significa que la disposición no es ejecutable y el beneficiario no tiene derecho a un bien de valor equivalente.

Ejemplo: A mi hija Angelina, le doy mi rifle de caza grabado

b) Donación demostrativa: Un poco híbrida de las dos anteriores, una donación demostrativa es una donación pagadera con cargo a una fuente concreta, pero si no está disponible, entonces con cargo a los activos generales del patrimonio.

Ejemplo: Doy 200 acciones de Z Corp a mi hija Angelina si me sobrevive. Esto se pagará de mis acciones de Z Corp que tengo a mi muerte si existe, de lo contrario mi Representante Personal hará provisión para el pago del valor equivalente de 200 acciones de Z Corp de otros activos en mi patrimonio entonces existentes a mi muerte.

c) Donación general: Las donaciones generales son pagaderas con los activos generales de la propiedad y pueden satisfacerse con una serie de activos de la herencia. Es importante destacar que, a diferencia de una donación específica, esta partida no se extingue si no existe en el momento del fallecimiento.

Ejemplo: A mi hija Angelina, le regalo un Nissan Rogue 2016, si no poseo dicho vehículo a mi fallecimiento ordeno a mi Representante Personal que compre uno y se lo entregue.

d) Donaciones residuales: El término residuo, o "resto, residuo y remanente" de una herencia es el término genérico para referirse a los bienes restantes una vez que se han distribuido todos los bienes específicos.

Ejemplo: "Doy el resto, residuo y remanente de mi patrimonio dondequiera que esté situado ya sea propiedad personal o real a mi esposa".

PASO 2 - APLICAR LAS NORMAS DE REDUCCIÓN

La Ley de Florida proporciona instrucciones específicas sobre qué bienes deben liquidarse primero cuando se está administrando un patrimonio y no hay suficientes bienes para cubrir todos los gastos de administración. Esas normas se identifican en el Estatuto de Florida 733.805(1) que establece:

733.805. Orden de reducción de los activos

(1) Los fondos o bienes designados por el testamento se utilizarán para pagar las deudas, el subsidio familiar, los bienes exentos, las cargas de la cuota optativa, los gastos de administración y los legados, en la medida en que los fondos o bienes sean suficientes. Si no se hace ninguna provisión o el fondo o los bienes designados son insuficientes, los fondos y bienes de la sucesión se utilizarán para estos fines, y para elevar las cuotas del cónyuge preterido y de los hijos, salvo que se disponga otra cosa en los apartados (3) y (4), en el siguiente orden:

(a) Bienes hereditarios.

(b) Bienes legados al legatario o legatarios residuales.

(c) Propiedad no concebida específica o demostrativamente.

(d) Bienes específica o demostrativamente legados.

(2) Los legados demostrativos se clasificarán como legados generales al faltar o ser insuficientes los fondos o bienes con cargo a los cuales debería efectuarse el pago, en la medida de la insuficiencia. Los legados al cónyuge supérstite del difunto, otorgados en satisfacción o en lugar de los derechos legales del cónyuge supérstite sobre la herencia, no se extinguirán hasta que se agoten los demás legados de la misma clase. Los legados otorgados a título oneroso se extinguirán con los demás legados de la misma clase sólo en la medida del exceso sobre el importe del valor de la contraprestación, hasta que se agoten todos los demás legados de la misma clase. Salvo lo dispuesto en el presente artículo, los legados se extinguirán de forma equitativa y proporcional, sin preferencia ni prioridad entre bienes muebles e inmuebles. Cuando el representante personal venda o utilice bienes que hayan sido específicamente legados o gravados con un legado, los demás legatarios contribuirán según sus respectivos intereses al legatario cuyo legado haya sido vendido o utilizado. Los importes de las respectivas contribuciones serán determinados por el tribunal y se pagarán o retendrán antes de proceder a la distribución.

Así pues, los bienes no legados mediante testamento se liquidarán en primer lugar para pagar las deudas y los gastos de administración en Florida. A continuación está el residuo, la disposición general y luego los legados generales y específicos. Así que la idea general en Florida para determinar qué bienes deben ser liquidados es que los legados más específicos se mantienen en la medida de lo posible en detrimento de los legados más generales o no específicos.

Descargo de responsabilidad: La información contenida en este blog/sitio web tiene únicamente fines informativos y proporciona información general sobre la ley, pero no asesoramiento específico. Esta información no debe utilizarse como sustituto del asesoramiento de un abogado competente, ya que las leyes cambian y es necesario analizar los hechos de su caso concreto.